Las y los senadores recordaron los resultados de la última Encuesta Nacional de Actividad Física y Deporte que indica que, de primero básico a cuarto medio, solo el 18% de los estudiantes reconoce hacer ejercicio al menos tres veces a la semana, por una hora.
Con 20 votos a favor y 2 abstenciones fueron aprobadas las primeras normas sometidas a votación del proyecto, en primer trámite, que estimula la actividad física y el deporte en los establecimientos educacionales.
En la pasada sesión ordinaria quedó pendiente una petición de votación separada, por lo que en la siguiente, se continuará con aquello. Cabe considerar que el texto -iniciado en moción de los senadores Francisco Chahuán y Pedro Araya, junto al actual diputado Carlos Bianchi y los ex parlamentarios Rabindranath Quinteros y Guido Girardi- ya fue estudiado por las comisiones de Salud, Educación y Hacienda.
La norma busca garantizar que los estudiantes de educación parvularia a media, realicen alguna práctica física (la que no se podrá conmutar a la clase de educación física) dentro de los establecimientos educacionales consistentes en ejercicios de alta o baja intensidad, de carácter formativo, lúdico, no profesional, integrativo y no discriminatorio, durante toda su jornada escolar.
Proyecto
“Se considerará actividad física, aquella práctica regular realizada por niños, niñas y adolescentes en etapa parvularia y escolar, dentro de los establecimientos educacionales consistentes en actividades de baja, moderada y alta intensidad, de carácter formativo, lúdico, integrativo, sistemático e inclusivo, que favorezcan el bienestar y la activación tanto física como cerebral, a lo largo de toda la jornada educativa.
Los establecimientos educacionales promoverán la práctica de actividades físicas, deportes o juegos, en tanto herramientas de aprendizaje orientadas al bienestar físico y mental de niños, niñas y adolescentes (NNA). Para ello, deberán incluirlas, al menos, en sus respectivos planes de gestión de la convivencia educativa, a través del desarrollo de metodologías activas y participativas.
Los establecimientos educacionales promoverán la práctica de al menos 60 minutos diarios de juegos, actividad física o deporte, para los niños, niñas y adolescentes (NNA) a lo largo de la jornada educativa y en coherencia con su proyecto educativo.
Los establecimientos educacionales coordinarán y pondrán a disposición de la comunidad educativa todos los espacios pertinentes, como también instalaciones, aparatos y recursos didácticos para hacer efectivo su uso en forma espontánea o coordinada por los docentes y asistentes de la educación. Junto con ello, promoverán el uso de la vestimenta adecuada para la práctica de actividades físicas y deportivas resguardando el principio de no discriminación, y sin perjuicio de las normas vigentes sobre uniforme escolar.
En ningún caso se podrá conmutar los minutos de actividad física y deportes realizados dentro de la jornada educativa de conformidad con esta ley, como parte de la asignatura de Educación Física y Salud, o su equivalente”.









