La Cuarta Sala de la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia presentado por la Municipalidad de Los Vilos, confirmando así la sentencia que la obliga a reconocer la existencia de una relación laboral con un ex guardia de seguridad y al pago correspondiente de prestaciones laborales.
La decisión, pronunciada por las ministras Andrea Muñoz, Jessica González, Mireya López y los abogados integrantes Carlos Urquieta y Fabiola Lathrop, mantiene firme el fallo de la Corte de Apelaciones de La Serena, que ya había rechazado el recurso de nulidad interpuesto por el municipio nortino.
El caso se originó luego de que un trabajador contratado bajo la modalidad de honorarios demandara a la Municipalidad de Los Vilos para que se declarara la existencia de una relación laboral efectiva. El tribunal de primera instancia acogió parcialmente la demanda, estableciendo la subordinación y dependencia propias de un vínculo laboral, aunque sin aplicar la sanción de nulidad del despido ni acoger el cobro de cotizaciones previsionales.
El municipio intentó revertir dicha resolución mediante un recurso de nulidad y posteriormente un recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema, alegando diferencias en la interpretación de normas del Código del Trabajo y de la Ley N° 18.883, que rige a los funcionarios municipales. Sin embargo, el máximo tribunal consideró que la presentación no cumplía los requisitos formales exigidos por la ley, al no detallar ni acompañar fallos que demostraran la supuesta divergencia de criterios.
“Dado que el motivo de invalidación invocado por el impugnante exige imperativamente la inamovilidad de los hechos determinados en la sentencia (…) el presente arbitrio necesariamente debe ser desestimado”, señala el fallo.
Con esta resolución, la Corte Suprema deja a firme la condena contra la Municipalidad de Los Vilos, que deberá cumplir con el pago de 6,5 millones de pesos al guardia municipal por despido injustificado, reconociéndose judicialmente la existencia de una relación laboral entre ambas partes.









