La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó hoy -miércoles 30 de octubre- la acción constitucional de amparo interpuesta por el periodista Leonardo Silva Vargas en contra de Carabineros y del capitán Ricardo Esteban Luengo Aracena por la presunta responsabilidad en la vulneración del derecho constitucional de la libertad personal y seguridad individual.
En fallo dividido (causas rol 174-2019), la Segunda Sala del tribunal de alzada -integrada los ministros Marta Maldonado, Christian Le-Cerf y Juan Carlos Espinosa- rechazó el recurso de amparo por no acreditarse los hechos descritos en la acción interpuesta, y remitió los antecedentes al Ministerio Público, órgano encargado de la investigación de hechos que pueden constituir delito.
“De los registros audiovisuales que se adjuntaron por los intervinientes en esta sede, solo es posible advertir que el amparo fue controlado por personal policial, requiriéndosele el respectivo salvoconducto y cédula de identidad, procedimiento que se llevó a efecto en la vía pública, por el tiempo necesario para ello atendida las circunstancias, actuar para el cual personal policial se encontraba facultado, mas no es posible constatar que se hayan producido los malos tratamientos de obra o agresiones físicas que se denuncian”, sostiene la resolución.
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“Así las cosas, no es dable tener por justificado los supuestos facticos que sostienen el recurso intentado y, por ende acreditada una vulneración, perturbación o amenaza de la seguridad individual o libertad personal del amparado”, agrega.
Decisión adoptada con el voto en contra del ministro Espinosa, quien fue del parecer de, junto con remitir los antecedentes al Ministerio Público, acoger la acción de amparo incoada, teniendo presente para ello que los hechos denunciados, se vieron en gran parte corroborados por informe de lesiones e imágenes de videos acompañados.