Defensa del alcalde de Los Vilos presenta recurso de apelación para revertir arraigo nacional

La defensa del alcalde de Los Vilos, Christian Gross Hidalgo, presentó un recurso de apelación ante el Juzgado de Letras y Garantía de la comuna, luego del rechazo a la solicitud de modificación de la medida cautelar de arraigo nacional, resolución adoptada el pasado 7 de enero de 2026.

La acción judicial fue interpuesta por la abogada Pía Paulina Bustos Fuentes, defensora de confianza del jefe comunal, quien solicitó que los antecedentes sean elevados a la Corte de Apelaciones de La Serena, con el objetivo de que se revoque la resolución que mantuvo vigente la medida cautelar, o bien, que esta sea reemplazada por una menos gravosa, como citación judicial o firma periódica.

El recurso se enmarca en la causa RIT 523-2024, donde el alcalde Gross fue formalizado por el delito de cuasidelito de lesiones graves, a raíz de una explosión ocurrida el 25 de abril de 2024 en el Liceo Nicolás Federico Lohse Vargas, establecimiento municipal de Los Vilos. El hecho dejó con lesiones de carácter grave a una docente del recinto, producto de una acumulación de gas en la sala de gastronomía del liceo.

Según expone la defensa, la resolución apelada mantiene el arraigo nacional argumentando la existencia de presunciones fundadas de participación, la necesidad de cautela, el peligro para la seguridad de la sociedad y un supuesto interés público prevalente. No obstante, el recurso sostiene que dichos fundamentos no cumplirían con los estándares exigidos por el artículo 140 del Código Procesal Penal.

Entre los principales argumentos, la defensa plantea que la imputación se basa en la calidad de sostenedor del alcalde, sin precisar una conducta omisiva concreta, ni acreditar que el edil tuviera control efectivo o conocimiento técnico específico sobre la falla en las instalaciones de gas que originó el accidente. Asimismo, se destaca que el municipio contaba con una estructura técnica delegada, incluyendo un profesional encargado de infraestructura desde 2013, y que en diciembre de 2023 se habían aprobado bases de licitación para regularizar y certificar las instalaciones del establecimiento educacional, antecedentes que —según el escrito— no fueron debidamente ponderados por el tribunal.

En relación con la necesidad de cautela, la defensa argumenta que el alcalde presenta arraigo social, carece de antecedentes penales, ha mantenido una conducta procesal intachable y ha colaborado con la investigación, por lo que la medida de arraigo nacional no cumpliría una finalidad procesal concreta, tratándose de una investigación principalmente de carácter documental y pericial.

El recurso ahora deberá ser conocido por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de La Serena, instancia que resolverá si se mantiene la medida cautelar vigente o si se acoge la solicitud de la defensa en orden a dejarla sin efecto o sustituirla por otra de menor intensidad.