Aprueban proyecto que autoriza modificación a la planta profesional de los servicios de Salud

La iniciativa permite que 7.873 profesionales se incorporen a la planta funcionaria de los Servicios de Salud, para lo cual se disponen los requerimientos para postular a los cargos y las características generales, tanto de los concursos que se deberán realizar como de los decretos que el Ejecutivo deberá formular.

La Cámara aprobó y despachó al Senado el proyecto de ley (boletín 11486) que delega al Presidente de la República la facultad para modificar las plantas de profesionales de los Servicios de Salud del país, materia que responde a acuerdos contraídos entre el Gobierno y los gremios de la salud.

Conforme a lo expuesto en los informes de las Comisiones de Salud y de Hacienda, rendidos por los diputados PPD Miguel Ángel Alvarado y Marco Antonio Núñez, la citada facultad pasa por la dictación, dentro de un año contado desde la fecha de publicación de la ley, de las normas necesarias para traspasar a la planta profesional a 7.873 personas.

La propuesta legal permite, además, que los decretos presidenciales incluyan las normas de encasillamiento complementarias, al tiempo que define que los cargos se proveerán mediante concursos internos y quedarán sujetos a las condiciones que se establezcan.

En los concursos internos sólo podrán participar los funcionarios a contrata asimilados a la planta de profesionales del respectivo Servicio de Salud, que se encuentren en el mismo grado de la vacante convocada, y que reúnan los requisitos de antigüedad, tanto en dicho grado como dentro del Servicio de Salud respectivo. Ambas antigüedades deberán verificarse a la fecha de publicación del respectivo decreto con fuerza de ley conforme a una tabla definida en esta ley.

Los funcionarios, para participar en el concurso interno, deberán cumplir con los siguientes requisitos copulativos a la fecha del llamado del mismo: 
a) Tener una jornada de trabajo de 44 horas semanales. 
b) Encontrarse calificados en Lista N° 1, de distinción. 
c) No hubiesen sido objeto de medidas disciplinarias, ni sanciones administrativas dentro de los dos años anteriores al concurso. 
d) Reunir los requisitos del cargo respectivo. 

El proyecto remarca que en las bases de dichos concursos deberán considerarse sólo los siguientes factores: antigüedad en el grado, antigüedad en el Servicio de Salud respectivo y mérito.

La provisión de los cargos de los concursos internos señalados se efectuará en orden decreciente de acuerdo al puntaje obtenido por los postulantes. En caso de producirse empate, los funcionarios serán designados conforme al resultado de la última calificación obtenida y, en el evento de mantenerse esta igualdad, a la antigüedad en el servicio de salud, considerando año, mes y día. Finalmente, en caso de mantenerse el empate, decidirá el jefe superior del respectivo Servicio de Salud.

Los funcionarios que resulten encasillados mantendrán la antigüedad en el Servicio de Salud respectivo y conservarán el número de bienios y el tiempo de permanencia en el grado para tal efecto. Los cargos que se creen en ejercicio de la facultad señalada y que no resulten provistos en el concurso interno, se extinguirán por el solo ministerio de la ley. Lo anterior, se formalizará mediante resolución de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, visada por la Dirección de Presupuestos.

Finalmente, entre otras normas, se establece que la Subsecretaría de Redes Asistenciales encargará durante el segundo semestre de 2018, un estudio cuyo propósito es proponer los principios sobre los cuales debiera basarse un nuevo modelo de carrera funcionaría para el estamento profesional, que impacte positivamente en la gestión de los Servicios de Salud y en el mejoramiento del acceso a la atención de salud de las personas. 

Las bases del estudio deberán ser visadas por la Dirección de Presupuestos y copia del Informe Final del mismo deberá ser enviado a las Comisiones de Salud y de Hacienda del Congreso Nacional.