El Juzgado de Garantía de la Serena decretó hoy –viernes 22 de abril– la ilegalidad de la detención de imputado por el Ministerio Público como autor del delito de atentado contra la autoridad, al ser sindicado como el responsable del lanzamiento de una piedra en contra el Presidente de la República, Gabriel Boric Font. Ilícito que habría cometido ayer, en el centro de la ciudad.
En la audiencia de control de la detención (causa rol 1701-2022), el magistrado Pedro Rojas Castro, tras escuchar a los intervinientes, declaró la ilegalidad de la detención al no cumplirse los presupuestos legales de la Ley de Seguridad Interior del Estado, que estipulan que este tipo de procesos se deben iniciar por requerimiento o denuncia del Ministro del Interior, intendente o de la autoridad afectada, lo que en la especie no ocurrió.
“La ley señala que estos procesos, o la investigación, solo pueden iniciarse a través de la denuncia o querella de las personas que ahí se indican. La señora defensora le solicitó al señor fiscal, le preguntó, si había alguna denuncia de la autoridad afectada o las personas indicadas en dicha norma, no hay ninguna. Claramente el señor fiscal inicia su argumentación señalando que aquí hay un delito de atentado contra la autoridad, no mencionó una falta de arrojamiento de piedra u otro tipo de infracciones”, razonó el magistrado Rojas Castro.
“Aquí hay una norma clara –añadió– del artículo 26 que está vigente, que indica que tratándose de los delitos contemplados en el título sexto, párrafo primero del libro II del Código Penal el cual es iniciado con el delito de atentado contra la autoridad, requiere por lo menos de denuncia de la autoridad o persona afectada. En la especie eso no ha ocurrido, existe la declaración del testigo que no es la persona afectada y no está requerido con el rango de autoridad; tampoco se ha planteado aquí por parte del fiscal que sea el afectado, la personas afectada es el Presidente de la República”.
“En este contexto, el tribunal estima que no se ha dado cumplimento a lo dispuesto en el artículo 26, por lo tanto no procede que el tribunal declare legal la detención, se declara ilegal la detención entonces”, concluyó.
Tras la resolución, el Ministerio Público se desistió de formalizar la investigación, declarando el tribunal, en consecuencia, la libertad inmediata del imputado.