Retroceso del SII: exige impresión de boletas y más de 600 mil máquinas de pago quedarían obsoletas.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha establecido que, a partir del 1 de mayo, todos los comercios deberán entregar una boleta impresa o un comprobante de pago físico en cada transacción, con el fin de garantizar un respaldo tangible para los consumidores y reforzar el control tributario. Aunque seguirá siendo posible emitir boletas electrónicas y enviarlas por canales digitales, esto solo será un complemento y no reemplazará la obligatoriedad del documento impreso.
Esta resolución ha generado rechazo en el ecosistema de pagos, ya que más de 600 mil dispositivos quedarían inoperativos al no contar con función de impresión. Empresas como Transbank han cuestionado la medida, señalando que contradice criterios previos del SII, mientras que SumUp Chile y Klap han advertido sobre el impacto que tendrá en la digitalización y competitividad de las pymes. Además, Mercado Pago y TUU han criticado las consecuencias medioambientales de esta exigencia, debido al aumento en el uso de papel y la generación de residuos.
Ante estas críticas, el debate sigue abierto entre la necesidad de mejorar la recaudación fiscal y las implicancias económicas y tecnológicas que enfrentará el comercio. La medida, lejos de impulsar la modernización del sistema de pagos, podría significar un retroceso en la transformación digital del sector, según denuncian los afectados.
Resolución
Desde El Servicio de Impuestos Internos precisan que, de acuerdo con la Resolución N°12, del 17 de enero, las obligaciones que tendrán los emisores de boletas electrónicas son las siguientes:
Si reciben pagos con dinero en efectivo o por transferencia bancaria deberán entregar obligatoriamente la representación impresa de la boleta electrónica;

Si reciben pagos con tarjetas de débito, crédito u otros medios de pago electrónicos, deberán entregar la representación impresa de la boleta electrónica emitida y/o el comprobante de pago (voucher), dependiendo de su modelo de emisión de documentos.

El envío de la representación virtual del documento por medios electrónicos (WhatsApp, correo electrónico u otro) será una opción adicional, que seguirá disponible, pero que no reemplaza la obligatoriedad de entregar la boleta impresa.

En el caso de los contribuyentes que no cuenten con dispositivos para imprimir los documentos y/o no hayan adecuado sus sistemas tecnológicos para hacer entrega de la representación impresa de la boleta electrónica y/o comprobante o recibo de pago, tendrán plazo hasta el 1 de marzo de 2026 para dar cumplimiento a las obligaciones. En dicho período, deberán entregar obligatoriamente la representación virtual de la boleta electrónica emitida y/o comprobante o recibo de pago.

Asegurar que el IVA que paga el comprador llegue al Estado

Según aclara el SII, la correcta emisión de la boleta electrónica de ventas y servicios y/o voucher “es clave en el cumplimiento tributario en materia de IVA, ya que permite asegurar que el impuesto que el consumidor paga en su compra, y que luego el vendedor declara y paga en su Declaración Mensual de IVA, llegue efectivamente a la recaudación del Estado”.

Adicionalmente, es la forma en la que el consumidor puede conocer qué parte del pago realizado por el producto o servicio corresponde al IVA y también contar con un registro o respaldo para hacer efectivas las garantías correspondientes a la compra.

Junto con lo anterior, la boleta electrónica de ventas y servicios, que es obligatoria desde 2021, permite al SII focalizar sus esfuerzos de fiscalización ya que con los antecedentes que entrega hace posible conocer en línea la información sobre los débitos de las empresas y, con ello, focalizar aún más las acciones de fiscalización para disminuir la evasión del IVA, uno de los impuestos de mayor recaudación dentro del sistema tributario del país.