Por unanimidad. Así fue la certera votación de la Sala del Senado en favor del proyecto de ley de incentivo al retiro de los funcionarios municipales, que beneficiará a cerca de 10 mil 600 trabajadores de dicho sector en un plazo de ocho años.
Además de apoyar transversalmente la iniciativa, gran parte de los 35 senadores que participaron de la votación valoraron la voluntad del Presidente Sebastián Piñera, de dar continuidad a dicho proyecto que comenzó a gestarse en el gobierno anterior, así como también destacaron la disposición del subsecretario de Desarrollo Regional, Felipe Salaberry, para conversar con los distintos gremios de funcionarios municipales.
La decisión fue valorada por el subsecretario Salaberry quien tras la sesión reiteró el compromiso de su cartera por mejorar las condiciones laborales de funcionarios municipales. “Con el trabajo conjunto con las organizaciones de funcionarios municipales, con el trabajo legislativo con los senadores y senadoras, y acogiendo propuestas que permitieron mejorar los alcances del proyecto, logramos votar favorablemente -y de manera unánime- esta iniciativa, que mejora las condiciones de retiro de los funcionarios municipales. Ahora, esperamos su pronta aprobación en la Cámara de Diputados”.
Detalles del proyecto
El proyecto establece que la bonificación por retiro voluntario de cargo municipal, equivalente a un mes de remuneración por cada año de servicio, tendrá un tope máximo de seis meses. Podrán postular a dicho beneficio todos aquellos funcionarios que dentro del periodo comprendido entre el 1 de julio de 2014 y el 31 de diciembre de 2025, hayan cumplido o cumplan la edad legal para acogerse al retiro (60 años en el caso de las mujeres y 65 en el caso de los hombres), y que presenten su renuncia voluntaria dentro de los plazos precisados.
Una vez que el funcionario se haya acogido al retiro mediante dicho proyecto, no podrá ser nombrado ni contratado en municipalidades, ni corporaciones municipales, dentro de un plazo de cinco años desde efectuado su retiro.
Con respecto a la bonificación por retiro complementaria, se faculta al alcalde respectivo, con el acuerdo del Concejo Municipal, para otorgar un complemento económico a los beneficiarios de la bonificación por retiro, por sobre los 6 meses que como máximo pueden obtener, pero sin que ambas -en conjunto- excedan los años de servicios prestados en la administración municipal, ni ser superior a 11 meses de bonificación.