Declaran ilegal atribuciones de jefe de fuerzas en Estado de Emergencia

El abogado constitucionalista Jaime Bassa, detalló ante la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía de la Cámara de Diputados, los alcances de la medida decretada por el Presidente de la República, Sebastian Piñera, la que no cuenta a su juicio, con las atribuciones asumidas por los Jefes de Fuerza y de Orden por no existir delegación de funciones  exclusivas del Jefe de Estado.

Así lo explicó el destacado jurista ante la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, donde analizó en detalle los argumentos jurídicos del Decreto de Estado de Emergencia impuesto por el Presidente Piñera, el pasado 18 de octubre, con la finalidad de mantener el orden público debido a las manifestaciones que se desarrollan en diferentes puntos del país y que en algunos casos terminan con hechos de vandalismo.

Si embargo, el abogado constitucionalista, Jaime Bassa, aclaró que la medida ha sido asumida por los Jefe de Fuerza de manera contraria a la ley y Constitución, como el hecho de detener a personas por no respetar el toque de queda, enfatizando que en Estado de Emergencia, solo se trataría de una infracción y no delito, por lo que no corresponde que las personas sean objeto de detención.

“Hoy día estamos en algo así como en un excepción dentro de la excepción constitucional, no estamos propiamente en un Estado de Excepción Constitucional, estamos al margen del Estado de Excepción Constitucional. Lo que estamos viendo hoy día en las calles es violencia estatal de facto, que no tiene absolutamente ningún respaldo normativo y quiero ser muy responsable y cuidadoso con lo que voy a decir a continuación, pero no hay respaldo normativo  para las facultades que están ejerciendo hoy día los jefes militares”, precisó Bassa.

Davidnoticias.cl presenta la exposición realizada ante a Comisión por el abogado Constitucionalista, Jaime Bassa.

Hoy en comisión de DDHH del senadoPa que cache que lo que se está haciendo con el toque de queda, estado de emergencia, y atribuciones de milicos y pacos, es ilegal. Se vienen las acusaciones constitucionales…

Publicado por Guillermo Riquelme Hernández en Miércoles, 23 de octubre de 2019