Hechos ocurrieron el 20 de Octubre de 2019. Fiscal Regional dijo que el juicio en que la Fiscalía acusó y logró condena por los delitos antes dichos se mantiene incólume. El juicio oral de Septiembre pasado se mantiene “incólume”, dijo el Fiscal Regional respecto de las sentencias contra un capitán y 2 funcionarios.
La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó las peticiones de nulidad de las defensas de 3 de los 4 militares condenados por violencia innecesaria con resultado de muerte y lesiones graves, hechos ocurridos en las afueras de un centro comercial, el 20 de Octubre de 2019, los que fueron juzgados en septiembre 2023.
La Corte sólo modificó la sentencia en uno de los casos.
En Octubre de 2019, una patrulla militar disparó contra un grupo de civiles y una persona resultó fallecida, mientras que otras dos quedaron gravemente lesionadas.
El Ministro de la Corte de Apelaciones de La Serena, Felipe Pulgar, informó que la sentencia contra el funcionario militar M.R.B. se fijó en 541 días y que en atención al tiempo transcurrido, el quántum de la pena ya está cumplida.
Sin embargo, en el caso del capitán de Ejército, J.F.S. y los funcionarios militares J.A.M. y C.R.O., las sentencias no fueron anuladas.
El Fiscal Regional de Coquimbo, Adrián Vega Cortés, dijo que “ante los recursos de nulidad de las defensas del capitán al mando y tres soldados que dispararon el 20 de Octubre de 2019 y que resultó muerto don Romario Veloz y que dejaron heridos casi de muerte a dos chilenos, la Corte de Apelaciones dijo que el juicio queda incólume, no se hace nuevo juicio y sólo hizo pequeñas modificaciones respecto a uno de los solados, reconociéndole su atenuante en la colaboración sustancial y rebajando la pena en consecuencia”, explicó.
En septeimbre pasado, luego del juicio, el Tribunal Oral en lo Penal de La Serena condenó a penas efectivas a un capitán de Ejército y a los funcionarios militares, tras acoger la prueba pericial, audiovisual y testimonial de la Fiscalía.
El capitán J.F.S. deberá cumplir una pena única de 15 años por los tres delitos, mientras que el soldado C.R.O. recibió la sentencia de 10 años de presidio por violencia innecesaria con resultado de muerte; en tanto, J.A.M. fue sentenciado a 5 años por violencia innecesaria con resultado de lesiones graves.
M.R.B. había sido sentenciado a 5 años, la cual fue reemplazada ahora por la Corte a 541 días de presidio, ya cumplidos.
El fallo judicial en el Tribunal Oral de La Serena acreditó que los hechos ocurrieron en el contexto de vigencia del estado de excepción constitucional en la región, con ocasión de múltiples atentados contra la propiedad pública y privada.
Según la acusación, el capitán, J.F.S., materializó la presencia de contingente en el Mall Plaza La Serena, entre otros lugares, con la finalidad del orden público y reparar o precaver el daño o peligro para la seguridad del sector.
A las 18 horas de ese día, en el sector antes dicho y en circunstancias que se desarrollaba una manifestación, algunas tiendas empezaron a ser saqueadas por terceros, y el acusado ordenó la conformación y avance del contingente militar.
Las personas que intentaron realizar saqueos desistieron de sus actos, no obstante aquello, el capitán ordenó continuar las acciones y posteriormente se incorporaron tiradores al grupo.
Tras aquello, instruyó a soldados subordinados abrir “fuego” con fusiles SIG y Galil, contra los civiles, con los resultados ya conocidos.
Además, los enjuiciados J.F.S. y C.R.O. fueron sentenciados a la inhabilitación absoluta perpetua para cargos u oficios públicos y derechos políticos, así como la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.