A ley iniciativa que regula libertades condicionales y reduce espacios de impunidad para crímenes de lesa humanidad

Por 72 votos a favor, 63 en contra y 3 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó el informe de la Comisión Mixta

Listo para ser ley quedó el proyecto que reforma el sistema de libertad condicional limitando el otorgamiento del beneficio para personas que hayan sido condenadas por delitos graves y por  violación  a los derechos humanos, luego de que la sala Cámara de Diputados aprobara el informe de la Comisión Mixta sobre la iniciativa.

Tras la votación, el diputado DC y jefe de la bancada, Matías Walker, integrante de la Comisión Mixta que revisó las divergencias entre Cámara y Senado afirmó “lo que  hemos hecho hoy día es reducir los  espacios de impunidad,  tanto para condenados por delitos graves comunes como para  los delitos en contra los  derechos humanos”.

Según explicó Walker, “entre los puntos destacados se encuentran los rigurosos requisitos para poder acceder a la libertad condicional en casos de delitos graves y de lesa humanidad y DD.HH., aplicando las normas  del  Estatuto de  Roma para que no exista ninguna duda ni controversia para la aplicación de los tratados internacionales de Derechos Humanos, que entre otros requisitos, exigen cumplimiento de a lo menos dos tercios de la condena, la disociación del delito y arrepentimiento público.

En síntesis, el diputado detalló que “la libertad condicional es un beneficio y no un derecho y su aprobación debe ser evaluada permanentemente considerando los requisitos aprobados. En el caso de las personas condenadas por los delitos de parricidio, femicidio, homicidio calificado, robo con homicidio, violación con homicidio, violación, infanticidio, solo podrán postular a este beneficio cuando hubieren cumplido dos tercios de la pena”.

Consultado por los votos en contra de  Chile Vamos, Walker  enfatizó que “ellos   no estaban de acuerdo  que incorporáramos el requisito  del arrepentimiento en el caso de lesa humanidad,  pero  a  nosotros nos parece que es plenamente  consistente  con el  requisito de disociación de delito  que está incorporado en las normas del Estatuto de Roma”.