La iniciativa, enviada ahora al Senado, tiene como límite máximo 150UF y mínimo de 35UF. En caso de no completar el margen mínimo, podrá retirarse la totalidad de los recursos disponibles en la cuenta individual.
A su segundo trámite fue enviado el proyecto de reforma constitucional que establece y regula un mecanismo excepcional de retiro de fondos previsionales (boletines 13736, 13749 y 13800), ello luego que la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados diera su aprobación al texto, tanto en general como en particular.
La idea de legislar fue aprobada por 130 votos favorables, 18 en contra y dos abstenciones. Luego, en la votación en particular se resolvió sobre una decena de indicaciones presentadas, las cuales ninguna fue aprobada. Si tuvo efecto sobre el texto una votación separada que restó una norma que indicaba que los fondos retirados superiores a 35UF constituirían renta para todos los efectos legales. Dicha disposición se rechazó por 60 votos a favor, 83 en contra y seis abstenciones.
En concreto, la iniciativa aprobada autoriza a las y los afiliados del sistema privado de pensiones, de forma voluntaria y excepcional, a realizar un segundo retiro de hasta el 10% de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias.
La medida, dispuesta con la idea de mitigar los efectos sociales derivados del estado de excepción constitucional decretado a causa del Covid-19, establece como monto máximo de retiro el equivalente a 150UF y un mínimo de 35UF.
En el evento de que el 10% de los fondos acumulados sea inferior al límite recién señalado, el afiliado podrá retirar hasta dicho monto. Igualmente, si los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual son inferiores a 35UF, el afiliado podrá retirar la totalidad de los fondos.
La norma determina que la entrega de los fondos se efectuará en una sola cuota y en el plazo máximo de 30 días hábiles de presentada la solicitud ante la respectiva Administradora de Fondos de Pensiones y estará sujeta a la retención, suspensión y embargabilidad por deudas originadas por obligaciones alimentarias de conformidad a lo previsto en la Ley 21.254.
Asimismo, se remarca que la presente facultad no es incompatible con el ejercicio del derecho de retiro del 10% establecido en la reforma constitucional ya vigente y se indica que la Superintendencia de Pensiones establecerá la normativa que regule esta cotización
Luego, se especifica que los afiliados que soliciten el retiro de fondos previsionales podrán reintegrar todo o parte de dichos fondos mediante una cotización voluntaria adicional equivalente a un 5% mensual calculada sobre la última remuneración cotizada y que podrá enterarse durante todo el período que sea necesario para restituir el saldo retirado reajustado, sin perjuicio de su facultad de suspenderlo o discontinuarlo.
Además, se establece que el Presidente de la República, los parlamentarios, los gobernadores regionales, los funcionarios de exclusiva confianza del Jefe del Estado y los contratados sobre la base de honorarios que asesoren directamente a las autoridades gubernativas ya indicadas, que hayan hecho efectivo el primer retiro o que accedan a este nuevo beneficio deberán incorporar a su declaración de patrimonio e intereses la información respectiva.
Debate
Tal como ocurrió con el proyecto de ley que definió un primer retiro de fondos previsionales, la presente propuesta generó un amplio e intenso debate al interior de la Sala tras la rendición del informe de la Comisión de Constitución, por parte del diputado Leonardo Soto(PS). El ánimo generalizado fue en pro de aprobarla.
Entre los diputados del oficialismo afines a la medida, se mencionaron los otros esfuerzos realizados durante el periodo, pero se reconoció que, en muchos casos, se llegó tarde o con condiciones que marginaron de los beneficios estatales a muchas familias y sectores del país.
Asimismo, se observó que el presente retiro se realiza ante una pandemia que no cede, prolongada en el tiempo respecto de las estimaciones iniciales y con una economía que urge ser reactivada. En todo caso, se relevó la importancia de concretar la reforma previsional, hoy en segundo trámite en el Senado.
En la oposición, la crítica fue dura hacia el Gobierno, particularmente hacia Hacienda, acusando ineficacia en sus políticas, tardanza en las soluciones y letra chica en sus propuestas, que obligaron a emprender un primer retiro y, ahora, a avanzar a un segundo, pese a reconocerse que hacer uso de los recursos previsionales de los chilenos no es la mejor medida.
Muchos de las y los que intervinieron, destacaron que el primer retiro permitió un alivio a las familias, destinándose los recursos a alimentación, pago de deudas y ahorro y gatillando, con la colocación de más de 13 mil millones de dólares en el mercado nacional, una leve reactivación de la decaída economía.
Asimismo, se hizo un llamado directo al Ejecutivo a aprender de las experiencias pasadas y a no obstaculizar el trámite de esta iniciativa, ni menos a concretar el anuncio de que sería enviada al Tribunal Constitucional para frenarla.
En la oportunidad, también hubo voces contrarias al proyecto radicadas, principalmente, en partidos del oficialismo. Para estas y estos legisladores, avanzar en el proyecto es hipotecar el bienestar futuro de miles de chilenos que se quedarán sin pensiones.
Destacaron que, con el retiro anterior, cerca de dos millones de personas quedaron sin fondos previsionales y remarcaron que, con la actual propuesta, la cifra aumentaría a cerca de cuatro millones. En este plano, llamaron a no continuar en esta línea. Además, pidieron al Gobierno diligencia en la ejecución de sus políticas de apoyo a la ciudadanía.
En representación del Gobierno participó el titular del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Cristián Monckeberg.