Solicitan fuerza pública para hacer efectivo embargo de bienes de Municipalidad de Los Vilos

El 17 de octubre de 2024, a las 17:09 horas, un intento de embargo contra la Ilustre Municipalidad de Los Vilos se frustró luego de la oposición personal del alcalde subrogante Claudio Alhambra Carvajal. La diligencia, ejecutada por un receptor judicial bajo orden del Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos, tenía como objetivo embargar bienes en el marco del caso “Pizarro / Globalnet SA” (Rol C-4-2024), pero no pudo concretarse debido a la resistencia del edil (S), quien bloqueó la acción en el domicilio municipal ubicado en Caupolicán 309.

Alejandro Mendoza, abogado representante de los demandantes, explicó que la negativa municipal forzó la solicitud de apoyo de la Fuerza Pública. Según Mendoza, el embargo fue ordenado para bienes municipales que no se consideran inembargables, como aquellos obtenidos por arrendamientos u otros conceptos que no están destinados al uso directo de la municipalidad, amparándose en precedentes legales que permiten dicha acción.

“Lo que pasa es que una de las resoluciones del magistrado nos pidió que embargáramos bienes municipales que no fueran inembargables. La ley dice que los bienes municipales, como inmuebles y cuentas corrientes destinadas al uso municipal, son inembargables, pero hay fallos que permiten embargar ciertos bienes fuera de esta protección, como montos recibidos por arrendamiento”, explicó el abogado.

Debido a la oposición del alcalde subrogante, Mendoza solicitó al tribunal la autorización para realizar el embargo con apoyo de Carabineros de Chile. El abogado expresó que “estamos pidiendo al tribunal que nos otorgue el apoyo de la fuerza pública para que el receptor judicial, acompañado de Carabineros, pueda proceder con el embargo en la municipalidad”.

La nueva arremetida del abogado Mendoza, se tranza en una acción que ya lleva un tiempo y que busca saldar la deuda de los trabajadores que aún siguen esperando que la resolución del Tribunal Laboral de Los Vilos se concrete, es decir, que el municipio cancele de acuerdo al fallo y condena emitida por dicho tribunal y que fue ratificado por la Corte.