La Corte Suprema ha confirmado la suspensión de Krist Naranjo, gobernadora de Coquimbo, en una decisión que modifica la medida inicial aplicada por la Contraloría General de la República. La suspensión, originalmente de tres meses, ha sido reducida a dos meses, aunque Naranjo continuará recibiendo solo el 50% de su salario durante este período.
La resolución, fundamentada en la revisión del expediente administrativo, se encuentra detallada en la página 1672. El fallo indica: “Se confirma la resolución apelada, que se lee a fojas 1672 del expediente administrativo, con declaración de que se sustituye la medida disciplinaria aplicada a doña Krist Pía Nicole Naranjo Peñaloza, de suspensión de tres meses con goce de un 50% de la remuneración mensual y sin poder hacer uso de los derechos y prerrogativas inherentes al cargo, contemplada en el artículo 121, letra c), en relación al artículo 124, ambos de la ley No 18.834, por la de suspensión del empleo por dos meses con goce del 50% de sus remuneraciones manteniéndose las accesorias legales antes referidas”.
Esta sanción es resultado de diversas investigaciones y procedimientos disciplinarios que revelaron irregularidades en la gestión de Naranjo. Al ratificar esta medida, la Corte Suprema enfatiza la importancia de la integridad y la responsabilidad en los cargos públicos, dejando claro que ningún funcionario está exento de rendir cuentas por sus acciones.
Durante estos dos meses de suspensión, Naranjo no podrá ejercer los derechos y prerrogativas inherentes a su cargo, lo que incluye la toma de decisiones y la participación en actividades oficiales. Esta situación representa un reto significativo para la administración de la Región de Coquimbo, que deberá adaptarse a la ausencia temporal de su máxima autoridad.
La decisión de la Corte Suprema es definitiva y establece un precedente relevante sobre las medidas disciplinarias aplicables a los funcionarios públicos en el país.