PDI “facultada” para causar destrozos en vivienda


“Demande al Estado”, esa fue la respuesta del Jefe de la Brigada Antinarcóticos de La Serena Marcelo Cepillo Flores, al ser consultado sobre un procedimiento calificado como irregular por familiares de una joven que se vio envuelta en una redada policial efectuada por efectivos de la PDI de esta unidad en la comuna de Los Vilos.

La queja fue por los destrozos causados en un domicilio particular en Los Vilos, tras una investigación que llevó a los detectives a las localidades de Infiernillo, Pichidangui y la ciudad balneario de Choapa en busca de drogas.

Las diligencias permitieron la detención de varias personas, entre ellas una joven de Los Vilos pareja del sujeto que era buscado por la policía por un eventual tráfico de marihuana.

Hasta ahí todo bien, solo que en la casa habitación de Los Vilos no encontraron droga, sin embargo los detectives ingresaron causando destrozos en la puerta de entrada de la vivienda, arrancando además el medidor de luz y otros daños provocados al interior del inmueble, justificando la acción a la facultad entregada por un tribunal serenense.

“Demande al Estado”, fue la respuesta entregada por el Jefe de la Brigada Antinarcóticos de La Serena, Marcelo Cepillo,  al ser consultado por familiares de la joven sobre el procedimiento que desembocó en daños estructurales ocasionados por el ingreso violento de los efectivos.

“Entraron y registraron todo, destrozando la puerta de entrada y el medidor de la casa. A mi uno de ellos me amenazó con que los tribunales me quitarían mi hijo, no encontraron nada y sin embargo causaron destrozos” señaló la joven que minutos más tarde fue liberada.

Al ser consultado por este medio sobre el presunto irregular procedimiento y por los daños causados a la casa habitación donde finalmente no se encontró droga, el jefe de antinarcóticos de la PDI La Serena, solicitó nuestro retiro de la unidad policial, toda vez no ser él quien está al mando de dicho cuartel.

Cabe señalar que conforme a la Ley, la detención debe practicarse en la forma que menos perjudique al/la detenida en su persona, reputación y patrimonio (art.520. 1º L.E.Cr.). En el mismo momento de la detención deben informarte de forma comprensible de sus  derechos (art.520.2 L.E.Cr. ); las razones de la detención y especificar los hechos que se te imputan (art.17.3º Constitución y 520.2º L.E.Cr.).

En este sentido debemos tener en cuenta que se castiga con penas de cuatro a ocho años (artículo 530 del Código Penal) a la autoridad o funcionario público que practique una detención violando los plazos o cualquiera de las demás garantías previstas para el detenido.