El Tribunal Oral Penal de Ovalle, condenó a Roy Canales Leiva en calidad de autor de tres delitos reiterados de producción de material pornográfico infantil, ilícitos perpetrados en 2013 y 2016, en la ciudad de Salamanca.
El Tribunal determinó una condena de 5 años de presidio menor en su grado máximo y, en atención a que no contaba con antecedentes previos y a su conducta colaborativa se le concedió una pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva.
De acuerdo a la resolución “esta pena lo mantiene controlado durante 5 años y además tiene otras penas que son accesorias que lo mantienen bajo control hasta por 10 años”.
De esta forma, el director de Radio 7 de Salamanca, Roy Canales, no cumplirá pena en la cárcel, como era solicitada por la Fiscalía de Illapel, conforme a la investigación desarrollada en el proceso.
Cabe recordar que el comunicador fue imputado por el Ministerio Público por tenencia y almacenamiento de material pornográfico infantil, conforme a una denuncia efectuada por 4 supuestas víctimas, las que habrían sido fotografiadas por Canales de acuerdo a las diligencias y pruebas con las que contaba la Fiscalía. Sin embargo, atendiendo a su conducta irreprochable anterior y actitud de colaboración con la investigación, la jueza del Tribunal Oral Penal de Ovalle, Victoria Gallardo, resolvió una condena de 5 años de libertad vigilada intensiva.
De no acatar el fallo, arriesga a cumplir su condena de forma efectiva en la cárcel.